La realización de actividad física-deportiva segura precisa realizar algún tipo de investigación médica sobre el estado de salud del deportista. La mayor parte de la literatura sobre este tema se centra en el descubrimiento de las enfermedades o anomalías cardiovasculares que, más frecuentemente, tienen riesgo de desencadenar un episodio de muerte súbita.

Pero la actividad física tiene repercusiones notables sobre el resto del organismo, especialmente en el aparato locomotor y en el sistema metabólico, por lo que el reconocimiento médico no se debe limitar a la exploración cardiovascular, sino ampliarse al resto de los aparatos y sistemas implicados en el esfuerzo físico.
Dichas repercusiones conllevan unos riesgos para el atleta, por ello debemos utilizar el reconocimiento médico para:

  • Identificar, modificar y reducir este riesgo.
  • Establecerlo como punto de partida de la actividad deportiva del deportista.
  • Realizarlo antes de su incorporación al deporte y durante la vida deportiva.

Objetivos del reconocimiento médico.


Los objetivos de los reconocimientos médicos deportivos (RMD) son diversos, pero como objetivo primario se establece;

  • Disminuir  la  incidencia  de  la muerte súbita deportiva (MSD)  mediante  el  diagnóstico  de  las  patologías que pudieran provocarla.

Como objetivos secundarios, se establecen:

  • Valorar el estado de salud integral previo a la práctica deportiva.
  • Controlar los efectos previos del deporte sobre la salud.
  • Prevenir otros riesgos para la salud ligados a la práctica deportiva, mediante el diagnóstico de cualquier enfermedad, lesión o patología.
  • Determinar las contraindicaciones médicas absolutas o relativas, y permanentes o temporales, para la práctica deportiva, excluyendo a los individuos de riesgo para su salud.
  • Conocer la tolerancia del individuo al esfuerzo que se va a realizar y su grado de adaptación al mismo, lo que permite conocer el nivel de aptitud física.
  • Realizar prescripciones de ejercicio para los sujetos que lo precisen y proporcionar oportunidades para participar en actividades físico-deportivas a los pacientes que presenten afecciones cardiacas u otras patologías.
  • Aumentar los bene­cios para la salud ligados a la práctica deportiva.
  • Aumentar la adherencia al deporte o actividad física por parte de sus practicantes.

¿Estructura de un RMD?

Si acudes a un RMD, éste se estructurará de la siguiente forma:

  1. Historia médico-deportiva.
    • Antecedentes patológicos familiars (antecedentes
      cardiovasculares)
    • Antecedentes patológicos personales del deportista:
      • Alergias
      • Vacunaciones
      • Hábitos tóxicos
      • Tratamiento que se esté tomando.
      • Antecedentes quirúrgicos
      • Lesiones deportivas y sus secuelas.
      • lentes correctoras, ortodoncias, plantillas.
      • sintomatología actual, especialmente la que se relacione con la practica del ejercicio: disnea, dolor precordial, palpitaciones,
        síncope, etc.
  2. Exploración clínica.
    • Auscultación pulmonar.
    • Auscultación cardiaca.
    • Tensión arterial de reposo.
    • Aparato musculoesqueletico.
    • Peso.
    • Porcentaje de grasa corporal
    • Talla.
  3. Exploración clinica- aparativo/ pruebas.
    • Espirometría (opcional).
    • Electrocardiograma de reposo.
    • Ecocardiograma.
    • Prueba de esfuerzo.
    • ECG en ejercicio, tension durante el ejercicio, VO2max, estado de fitness, análisis biomecánica.
    • Analitica de sangre
  4. Informe médico.
    • Resumen de los datos de la historia médica y de la exploración clínica de mayor interés para el deportista.
    • Valoración médica.
    • Consejos médicos referidos a los hallazgos o alteraciones encontradas.
    • Certificados (en ocasiones necesarios para competiciones)
  5.  Años de práctica deportiva.
  6. Deporte principal.
  7. Deportes complementarios.
  8. Horas de dedicación semanal.
  9. Kilometraje, entrenamiento de pesas.
  10. Intensidad de entrenamiento.
  11. Nivel de competición.

¿A quién se debe hacer un RMD?

  • Niños en deporte de iniciación y en deporte de rendimiento.
  • Jóvenes deportistas de tiempo libre, de competición y de competición de alto nivel.
  • Adultos deportistas de tiempo libre y de competición.
  • Mayores deportistas.
  • Patológicos.

¿Cada cuánto tiempo he de pasar un RMD?

  1. Adultos sanos para mejora de rendimiento físico, independientemente de su edad;reconocimiento anual, con test ergométrico.
  2. Mayores de 35 años, sanos, que realizan ejercicio de moderada o baja intensidad:
    Control médico cada 2 -5 años
    Pruebas complementarias cada 5 años
  3. Adultos con patología según el tipo de problema medico (por ejemplo anual)
  4. Antes de una carrera/ certificado medico
  5. Federados según reglamento (anual)

Contraindicaciones para la práctica deportiva.


El diagnóstico de alguna contraindicación para la práctica deportiva supondrá la denegación de la expedición de la licencia deportiva o de participar en un evento deportivo concreto.
Las contraindicaciones pueden ser:

  • Absolutas y denitivas: para la práctica de cualquier deporte o modalidad deportiva y de modo denitivo.
  • Absolutas y temporales: para la práctica de cualquier deporte o modalidad deportiva, de modo temporal.
    • En este caso se deben especificar en el informe del RMD el tiempo de contraindicación o los requisitos de futuro para que la contraindicación desaparezca.
    • El tiempo de contraindicación se reejará también en el certicado de aptitud deportiva.
  • Relativas y denitivas: para la práctica de cierto deporte o modalidad, de modo denitivo.
    • En este caso se deben especicar los deportes o las modalidades contraindicados en el informe nal del RMD y en el certicado de aptitud deportiva.
  • Relativas y temporales: para la práctica de cierto deporte o modalidad deportiva, de modo temporal.
    • En este caso se deben especicar tanto los deportes o las modalidades contraindicados como el tiempo de contraindicación (todo ello en el informe nal del RMD y en el certicado de aptitud deportiva), o los requisitos de futuro para que la contraindicación desaparezca (solo en el informe nal del RMD).

Las contraindicaciones para la práctica deportiva que, a criterio del médico examinador y a la luz de los informes médicos complementarios, se podrán establecer en casos individuales y deberán ser documentadas en el informe del RMD.
Ante un RMD que precise estudios o informes complementarios para poder denir una contraindicación, se establecerá una contraindicación temporal (absoluta o relativa) por el periodo necesario hasta disponer de dichos estudios o informes.
Si el deportista precisa, para la práctica deportiva, la toma de medicamentos, acciones protectoras especiales, dispositivos protésicos, ortopédicos u otros, o cualquier otro tipo de consejo médico de carácter preventivo, debe ser anotado en el informe del RMD.


Espero que haya sido de utilidad.
Hasta la próxima.

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